Germán Villa Castañeda

INSTITUTO DEL DEPORTE Y CULTURA FÍSICA DEL ESTADO DE MORELOS

Villa Castañeda Germán
Director General

Fecha de nombramiento: 16/07/2020
Fecha de ingreso a gobierno: 08/10/2018

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Información Oficial

Domicilio oficial: AV. UNIVERSIDAD S/N INTERIOR ESTADIO CENTENARIO COLONIA No. , Int. 0, Col. Lienzo Charro, Cuernavaca. C.P. 62137
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 hrs
Teléfono(s): 7771024091
Correo electrónico: german.villa@morelos.gob.mx


Estudios complementarios
2009- 2010 Diplomado en Marketing y Negocios Deportivos Johan Cruyff Institute for Sport Studies México

2006 1er Módulo MINAF Curso de Entrenador Federación Mexicana de Futbol

2006 Curso de Manejo de Medios Federación Mexicana de Futbol

1988 - 1991 Preparatoria Instituto Leonardo Bravo

Historial Laboral
2015-2016 Descripción
Programa de Empleo Temporal
Proyecto
Pláticas enfocadas a niño, jóvenes y adultos en prevención del Delito programa SCT.

2012 Instituto Nacional Electoral
Conferencia INE Chalco, Trabajo en Equipo

Proyecto 2010 - 2015 Descripción
Clínicas Cívicas Deportivas
A través de la práctica del fútbol proveer a niños y adolescentes información sobre si mismos referente a hábitos, conductas, actitudes, valores y el impacto de su interacción interpersonal.

Atribuciones del cargo
Funciones Principales:
De conformidad a la Ley del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, publicado en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad” número 4543 de fecha 04 de julio de 2007,
Artículo 38; el Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, tendrá las siguientes funciones:
I. Representar al Instituto en las actividades de coordinación y concertación con cualquier órgano que
tenga relación con los asuntos del deporte;
II. Representar al Instituto en los comités y eventos deportivos;
III. Nombrar y remover a los funcionarios y demás personal de apoyo del Instituto del Deporte y Cultura
Física, que no sean de mandos medios;
IV. Tener la representación legal del Instituto del Deporte y Cultura Física en los términos y condiciones
señalados en la Ley de Organismos Auxiliares para la Administración Pública del Estado de
Morelos;
V. Elaborar el Proyecto de Desarrollo del Instituto del Deporte y Cultura Física, actualizarlo
periódicamente y someterlo a la aprobación de la Junta de Gobierno;
VI. Supervisar el cumplimiento del Proyecto de Desarrollo, aprobado por la Junta de gobierno;
VII. Coordinar y supervisar las actividades técnicas, administrativas y financieras del Instituto del
Deporte y Cultura Física, para lograr una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus
objetivos;
VIII. Celebrar los actos jurídicos de dominio y administración que sean necesarios para el funcionamiento
del organismo;
IX. Autorizar las erogaciones correspondientes del presupuesto, y someter a la aprobación de la Junta
de Gobierno, las erogaciones extraordinarias;
X. Ejecutar todos los acuerdos de la Junta de Gobierno;
XI. Establecer relaciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales de la
administración pública descentralizada o paraestatal y las personas de los sectores social y privado
para el trámite y atención de asuntos de interés común;
XII. Realizar las actividades que se requieran para lograr la óptima realización de los servicios
deportivos a la comunidad;
XIII. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno, el Reglamento Interno del Instituto del Deporte y
Cultura Física y sus modificaciones;
XIV. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno el Programa Operativo Anual y el Proyecto de
Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Instituto del Deporte y Cultura Física;
XV. Ejercer el presupuesto anual de egresos del Instituto del Deporte y Cultura Física, de conformidad
con los ordenamientos y disposiciones normativas aplicables;
XVI. Elaborar el proyecto de Manual General de Organización y Funciones, los Manuales de Políticas y
procedimientos, y demás instrumentos de apoyo administrativo, necesarios para el funcionamiento
del Instituto del Deporte y Cultura Física, los cuales deberán mantenerse permanentemente
actualizados y presentar a la Junta de Gobierno para su análisis y aprobación;
XVII. Supervisar y vigilar la debida observancia del presente ordenamiento y demás disposiciones que
rijan al Instituto del Deporte y Cultura Física;
XVIII. Suscribir, en su caso, los contratos que regulen las relaciones laborales del Instituto con sus
trabajadores;
XIX. Proponer a la Junta de Gobierno las normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a
favor del Instituto, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, sin invadir las
atribuciones de la dependencia facultada por la Ley para dichos efectos;
XX. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno las bases y programas generales que regulen los
contratos, convenios o acuerdos que deba celebrar el Instituto en las materias de obras públicas,
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, de
conformidad con las disposiciones normativas aplicables;
XXI. Celebrar contratos, convenios o acuerdos con terceros, tratándose de obras públicas, adquisiciones,
arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, bajo su
responsabilidad y con sujeción a las disposiciones normativas aplicables, y a las políticas, bases y
programas generales aprobados por la Junta de Gobierno;
XXII. Proponer a la Junta de Gobierno, las modificaciones que procedan a la estructura básica de la
organización del Instituto;
XXIII. Establecer las instancias de asesoría, de coordinación y de consulta que estime necesarias para el
adecuado funcionamiento del Instituto;
XXIV. Celebrar y suscribir convenios de coordinación, colaboración y concertación inherentes a los
objetivos del Instituto y del Sistema y Programa Estatales del Deporte y Cultura Física;
XXV. Proponer políticas en materia deportiva y la cultura física;
XXVI. Elaborar proyectos de programas relativos al deporte y la cultura física y la recreación con base en
la normatividad vigente en materia de planeación y someterlos a la consideración y aprobación de la
autoridad competente;
XXVII. Elaborar el diagnóstico de las instalaciones deportivas en la entidad, y el proyecto de programa anual
de construcción de obra destinada al deporte y la cultura física, así como el de mantenimiento y
conservación de estos inmuebles e instalaciones;
XXVIII. Ejecutar los programas de descentralización y desconcentración de los servicios de deporte en el
Estado, así como promover el acceso de estos a toda la población y primordialmente a los
integrantes del Sistema Estatal del Deporte y Cultura Física;
XXIX. Coadyuvar en la organización y fomento de la enseñanza y la práctica de los deportes y la cultura
física en el Estado, así como la realización de eventos deportivos en colaboración con los
organismos respectivos;
XXX. Implementar y mantener actualizado el Registro Estatal del Deporte;
XXXI. Vigilar, administrar y aplicar de acuerdo a los programas aprobados para tal efecto el Fondo para el
Desarrollo del Deporte y la Cultura Física;
XXXII. Gestionar permanentemente recursos federales para la infraestructura deportiva de la Entidad; y
XXXIII. Las demás que le señale, confiera y delegue la Junta de Gobierno, así como las establecidas para el
Instituto en el presente ordenamiento y los ordenamientos aplicables y que sean de su competencia.