2015-2016 Descripción
Programa de Empleo Temporal
Proyecto
Pláticas enfocadas a niño, jóvenes y adultos en prevención del Delito programa SCT.
2012 Instituto Nacional Electoral
Conferencia INE Chalco, Trabajo en Equipo
Proyecto 2010 - 2015 Descripción
Clínicas Cívicas Deportivas
A través de la práctica del fútbol proveer a niños y adolescentes información sobre si mismos referente a hábitos, conductas, actitudes, valores y el impacto de su interacción interpersonal.
Funciones Principales:
De conformidad a la Ley del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, publicado en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad” número 4543 de fecha 04 de julio de 2007,
Artículo 38; el Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, tendrá las siguientes funciones:
I. Representar al Instituto en las actividades de coordinación y concertación con cualquier órgano que
tenga relación con los asuntos del deporte;
II. Representar al Instituto en los comités y eventos deportivos;
III. Nombrar y remover a los funcionarios y demás personal de apoyo del Instituto del Deporte y Cultura
Física, que no sean de mandos medios;
IV. Tener la representación legal del Instituto del Deporte y Cultura Física en los términos y condiciones
señalados en la Ley de Organismos Auxiliares para la Administración Pública del Estado de
Morelos;
V. Elaborar el Proyecto de Desarrollo del Instituto del Deporte y Cultura Física, actualizarlo
periódicamente y someterlo a la aprobación de la Junta de Gobierno;
VI. Supervisar el cumplimiento del Proyecto de Desarrollo, aprobado por la Junta de gobierno;
VII. Coordinar y supervisar las actividades técnicas, administrativas y financieras del Instituto del
Deporte y Cultura Física, para lograr una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus
objetivos;
VIII. Celebrar los actos jurídicos de dominio y administración que sean necesarios para el funcionamiento
del organismo;
IX. Autorizar las erogaciones correspondientes del presupuesto, y someter a la aprobación de la Junta
de Gobierno, las erogaciones extraordinarias;
X. Ejecutar todos los acuerdos de la Junta de Gobierno;
XI. Establecer relaciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales de la
administración pública descentralizada o paraestatal y las personas de los sectores social y privado
para el trámite y atención de asuntos de interés común;
XII. Realizar las actividades que se requieran para lograr la óptima realización de los servicios
deportivos a la comunidad;
XIII. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno, el Reglamento Interno del Instituto del Deporte y
Cultura Física y sus modificaciones;
XIV. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno el Programa Operativo Anual y el Proyecto de
Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Instituto del Deporte y Cultura Física;
XV. Ejercer el presupuesto anual de egresos del Instituto del Deporte y Cultura Física, de conformidad
con los ordenamientos y disposiciones normativas aplicables;
XVI. Elaborar el proyecto de Manual General de Organización y Funciones, los Manuales de Políticas y
procedimientos, y demás instrumentos de apoyo administrativo, necesarios para el funcionamiento
del Instituto del Deporte y Cultura Física, los cuales deberán mantenerse permanentemente
actualizados y presentar a la Junta de Gobierno para su análisis y aprobación;
XVII. Supervisar y vigilar la debida observancia del presente ordenamiento y demás disposiciones que
rijan al Instituto del Deporte y Cultura Física;
XVIII. Suscribir, en su caso, los contratos que regulen las relaciones laborales del Instituto con sus
trabajadores;
XIX. Proponer a la Junta de Gobierno las normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a
favor del Instituto, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, sin invadir las
atribuciones de la dependencia facultada por la Ley para dichos efectos;
XX. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno las bases y programas generales que regulen los
contratos, convenios o acuerdos que deba celebrar el Instituto en las materias de obras públicas,
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, de
conformidad con las disposiciones normativas aplicables;
XXI. Celebrar contratos, convenios o acuerdos con terceros, tratándose de obras públicas, adquisiciones,
arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, bajo su
responsabilidad y con sujeción a las disposiciones normativas aplicables, y a las políticas, bases y
programas generales aprobados por la Junta de Gobierno;
XXII. Proponer a la Junta de Gobierno, las modificaciones que procedan a la estructura básica de la
organización del Instituto;
XXIII. Establecer las instancias de asesoría, de coordinación y de consulta que estime necesarias para el
adecuado funcionamiento del Instituto;
XXIV. Celebrar y suscribir convenios de coordinación, colaboración y concertación inherentes a los
objetivos del Instituto y del Sistema y Programa Estatales del Deporte y Cultura Física;
XXV. Proponer políticas en materia deportiva y la cultura física;
XXVI. Elaborar proyectos de programas relativos al deporte y la cultura física y la recreación con base en
la normatividad vigente en materia de planeación y someterlos a la consideración y aprobación de la
autoridad competente;
XXVII. Elaborar el diagnóstico de las instalaciones deportivas en la entidad, y el proyecto de programa anual
de construcción de obra destinada al deporte y la cultura física, así como el de mantenimiento y
conservación de estos inmuebles e instalaciones;
XXVIII. Ejecutar los programas de descentralización y desconcentración de los servicios de deporte en el
Estado, así como promover el acceso de estos a toda la población y primordialmente a los
integrantes del Sistema Estatal del Deporte y Cultura Física;
XXIX. Coadyuvar en la organización y fomento de la enseñanza y la práctica de los deportes y la cultura
física en el Estado, así como la realización de eventos deportivos en colaboración con los
organismos respectivos;
XXX. Implementar y mantener actualizado el Registro Estatal del Deporte;
XXXI. Vigilar, administrar y aplicar de acuerdo a los programas aprobados para tal efecto el Fondo para el
Desarrollo del Deporte y la Cultura Física;
XXXII. Gestionar permanentemente recursos federales para la infraestructura deportiva de la Entidad; y
XXXIII. Las demás que le señale, confiera y delegue la Junta de Gobierno, así como las establecidas para el
Instituto en el presente ordenamiento y los ordenamientos aplicables y que sean de su competencia.